El Reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los ex-parlamentarios aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado el día 11 de julio de 2006, publicado en el B.O. de las Cortes Generales con fecha 14 de julio del mismo año establece, entre otras prebendas, que: Las Cortes Generales abonarán con cargo a su presupuesto una pensión a los ex-parlamentarios, con más de 65 años, que hayan tenido la condición de Diputados o de Senadores durante al menos siete años.
Les pregunto a los Sres. Diputados o Senadores de cualquier partido o ideología, ya que esta vez (que casualidad) si estuvieron todos de acuerdo en la aprobación de este Reglamento: ¿Cómo es posible que cualquier ciudadano español necesite treinta y cinco años de trabajo y cotización para tener derecho a una pensión y Uds. con tan sólo siete años lo tengan resuelto? Si lo consideran justo para Uds. ¿Por qué no aplicarlo al resto de los ciudadanos españoles? Sebastián Navarrete.
Les pregunto a los Sres. Diputados o Senadores de cualquier partido o ideología, ya que esta vez (que casualidad) si estuvieron todos de acuerdo en la aprobación de este Reglamento: ¿Cómo es posible que cualquier ciudadano español necesite treinta y cinco años de trabajo y cotización para tener derecho a una pensión y Uds. con tan sólo siete años lo tengan resuelto? Si lo consideran justo para Uds. ¿Por qué no aplicarlo al resto de los ciudadanos españoles? Sebastián Navarrete.